En general e independientemente de los hechos que hayan surgido para que una persona tenga en posesión a un animal, normalmente un perro o un gato, si éste tiene dueño, debe de ser devuelto a su legítimo dueño o propietario.
En caso de no hacerlo estaríamos cometiendo un delito de apropiación indebida.
No obstante, es importante que el dueño del animal pueda demostrar su titularidad, para ello es fundamental la incorporación de microchip al mismo. También pueden servir cualquier prueba que pueda demostrar su titularidad, como una factura de compra, un contrato de adopción, fotografías o testigos, entre otros.
¿En qué consiste el delito de apropiación indebida?
El delito de apropiación indebida está tipificado en el articulo 253 del CP y establece que será autor de este delito
» el que en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión o custodia, o que les hubiera sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido.»
Es decir, que para que se de este delito se tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Que exista un perjuicio claro a un tercero.
- Que se apropie para él o para una tercera persona del animal
- Que la posesión del animal se haya realizado legítimamente y que su título produzca obligación de devolverlo.
A su vez, el articulo 254 CP también recoge otro tipo de apropiación indebida.
«el que, fuera de los supuestos del artículo anterior, se apropiare de una cosa mueble ajena.»
En este tipo delictivo podrían caber todos aquellos casos en los que una persona se encuentra a un animal abandonado y se lo queda.
Penas del delito de apropiación indebida
Tipo básico; pena de prisión de 6 meses a 3 años. En caso de que el valor del animal no exceda de 400 euros, la pena es una multa de 1 a 3 meses.
Tipo atenuado; estaríamos ante una pena de multa de 3 a 6 meses. Si el valor del animal no excediera de 400 euros, la pena sería una multa de 1 a 2 meses.
El ejemplo típico.. .Una pareja termina su relación sentimental y una de ellas se lleva consigo a la mascota común.
En este caso, para poder valorar si se está cometiendo un delito de apropiación indebida debemos tener en cuenta diferentes factores, como por ejemplo:
- Nombre en el que está puesto el microchip
- Si la pareja estaba casada o no
- Cómo y cuándo se adquirió el animal
- Quién abona los gastos del animal
¿Y si lo he adquirido en copropiedad?
En caso de que el animal haya sido adquirido por ambas partes durante su relación sentimental, sus gastos han sido abonados por ambos, seguramente exista una copropiedad y no estaremos ante un delito de apropiación indebida.
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