Las charlas con amig@s o en la barra de un bar, la lectura en internet y “ lo que siempre se ha dicho” crean muchos problemas a la hora de saber qué hacer frente a esta situación.
Hoy vamos a responder esa duda de una forma legal.
«Se ha ido de casa» suele confundirse con «abandonar a la familia» pero sin entender que irse no conlleva de forma automática reconocer que la vivienda familiar, por ejemplo, es para quien que se queda. Suele ser algo provisional y motivado por las circunstancias económicas de cada uno, de los hijos, etc. Tampoco tiene que ver con tener o no la custodia compartida ni supone que el que se la queda en ese «uso» la tendrá «de por vida» o hasta que los menores cumplan 18 años.
Cosa distinta es que el salirse de la vivienda conlleva sacar todo el dinero de las cuentas corrientes, dejar al que se queda en el domicilio familiar sin recursos algunos para el día a día de los menores (comida, ropa, suministros, hipoteca…) eso sí podría entenderse como abonado de familia llegado el caso.
En muchas ocasiones cuando la relación no va bien, es mejor (dependiendo de las circunstancias de cada uno, siendo recomendable hablar antes con un abogado) el salir de la vivienda familiar, es bueno o aconsejable mientras se tramita la separación o divorcio para evitar como ocurre en muchas ocasiones violencia verbal, física, juicios de valor… que se pueden evitar y que los hijos no tienen que observar.
Resumiendo: que uno de los dos «salga de casa» y alquile otra para vivir durante el proceso NO SIGNIFICA que exista un acuerdo sobre el uso de la vivienda familiar.
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