La vacunación en los hijos e hijas de padres separados o divorciados. Hay que tener en cuenta que los mayores de 16 años pueden decidir por sí mismos si se vacunan o no contra la covid-19.
De manera que solo en el caso de los niños y las niñas menores de 15 años se necesita el acompañamiento y consentimiento de los padres o tutores legales.
En estos supuestos, la decisión sobre la inmunización del hijo menor forma parte de la esfera de la patria potestad que tienen en el 99% de los progenitores.
– ¿Que ocurre si no hay acuerdo entre los padres?
Si no hay acuerdo entre los padres, el menor, menor de 15 años no podría vacunarse. Aunque, en la práctica si el padre o la madre acude con su hijo a vacunarle no va a tener problema para hacerlo. “Los servicios sanitarios no van a solicitar ninguna documentación o acreditación de la conformidad del otro progenitor”.
¿Que procedimiento puedo iniciar, si quiero solicitar Autorización judicial?
Un procedimiento de jurisdicción voluntaria. Aunque previo a ellos, nosotros asesoramos que los progenitores que acudan juntos al pediatra del menor para que les solvente cualquier temor o inquietud sobre la aplicación de la vacuna.
Y si ex pareja, ¿ha vacunado el menor sin contar con mi autorización?
Puedes iniciar un procedimiento de jurisdicción voluntaria por inadecuado ejercicio de la patria potestad para tratar de evitar la segunda dosis.
El juez deberá entonces resolver si el progenitor que acompañó al menor a vacunarse sobrepasó o no las facultades que le son propias respecto a su hijo y acordar las medidas que considere oportunas, que podrían llegar incluso a un cambio de custodia —previa petición del demandante.