¿Tienes un bar, restaurante, cafetería o establecimiento de restauración en Andalucía? La normativa de consumo establece numerosas obligaciones relacionadas con la información que debes facilitar a tus clientes, los precios, las cartas, las formas de pago, las reclamaciones y otros aspectos de la actividad.
Y no es una cuestión menor. La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía está desarrollando durante 2026 una campaña específica de inspección que alcanzará al menos a 1.000 establecimientos de restauración de toda Andalucía. Se están revisando, entre otros aspectos, las hojas de reclamaciones, los precios, el agua no envasada, los alérgenos, las facturas y las condiciones de seguridad e higiene.
Por eso, desde Abogados Cava, hemos preparado esta guía práctica con algunas de las cuestiones que todo hostelero debería revisar.
1. La carta no puede estar únicamente en un código QR
El código QR puede ser muy útil, pero no puede sustituir por completo a la carta o lista de precios.
La Junta de Andalucía recuerda que los precios de las comidas, bebidas y servicios ofertados deben estar disponibles mediante cartas, listas de precios, murales, pizarras o sistemas similares. El QR puede utilizarse como medio complementario.
Además, la información debe estar disponible, como mínimo, en castellano.
Consejo: revisa que tu establecimiento disponga de una carta o lista de precios accesible físicamente para el cliente.
2. Los precios deben estar claros antes de consumir
No basta con informar del precio cuando el cliente ya ha consumido.
Los precios deben aparecer de forma clara, visible y previa, e incluir los impuestos correspondientes. La Junta también recuerda que no es válido utilizar expresiones genéricas como “precio según mercado” sin proporcionar la información exigible.
Especial atención merecen los productos fuera de carta: su precio debe comunicarse previamente de forma clara y visible.
3. ¿Cobras pan, picos o aperitivo? Debes informarlo
El cobro de pan, picos y productos similares puede ser legal, pero el cliente debe conocer previamente que se cobran y cuál es su precio.
La información debe aparecer en la carta, lista de precios o medio de publicidad correspondiente.
4. Cuidado con cobrar “cubierto” o “servicio”
El servicio de restauración no puede convertirse en un suplemento independiente bajo conceptos como “cubierto” o “servicio”.
La Dirección General de Consumo de la Junta considera ilegal este cobro separado, al entender que el servicio forma parte del propio servicio de restauración.
5. El agua del grifo debe ofrecerse gratuitamente
Si un cliente solicita agua no envasada, el establecimiento debe ofrecer esta posibilidad de forma gratuita.
No puede imponerse al consumidor la compra de agua embotellada como única alternativa.
6. Las propinas son voluntarias
La propina no puede convertirse en una obligación para el cliente.
Tampoco puede utilizarse el concepto de “servicio” para imponer de manera obligatoria una cantidad adicional en concepto de propina.
7. ¿Solo aceptas pagos en efectivo? ¿Solo tarjeta? Informa correctamente
Los medios de pago también tienen sus reglas.
Los establecimientos no pueden imponer exclusivamente el pago con tarjeta y deben aceptar efectivo dentro del límite legal establecido. Por otra parte, pueden no aceptar tarjetas, pero deben informar previamente de esa circunstancia.
Además, no pueden cobrar una comisión adicional por utilizar la tarjeta.
8. Las reservas también deben estar correctamente informadas
Un restaurante puede solicitar una cantidad por adelantado para formalizar una reserva, pero esta cantidad debe descontarse posteriormente del importe total de la consumición.
En 2026, Consumo también ha aclarado que pueden establecerse condiciones o penalizaciones por cancelación, especialmente cuando se cancela con poca antelación, pero deben haber sido comunicadas previamente, indicando las condiciones, plazos e importes aplicables.
Por tanto, si tu establecimiento trabaja habitualmente con reservas, conviene tener unas condiciones claras.
9. Las hojas de reclamaciones cambian con Hoj@
Este es uno de los puntos que todo hostelero debería revisar especialmente en 2026.
La Junta de Andalucía ha puesto en marcha Hoj@, el nuevo sistema electrónico de hojas de quejas y reclamaciones.
Desde su entrada en vigor, las empresas que comercializan bienes o prestan servicios en Andalucía deben darse de alta en Hoj@, informar de ello mediante los carteles correspondientes y seguir disponiendo de las hojas de reclamaciones en papel.
Por tanto:
Hoj@ no sustituye a las hojas en papel.
Ambos sistemas deben coexistir.
10. Los alérgenos deben estar correctamente informados
La información sobre alérgenos es otra de las cuestiones que está siendo objeto de control.
Los bares y restaurantes deben facilitar información sobre las sustancias que pueden provocar alergias o intolerancias en los alimentos que ofrecen, también en sus cartas y menús, tanto físicos como digitales.
Entre los alérgenos se encuentran, entre otros, gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo y moluscos.
11. La factura o justificante debe reflejar lo consumido
La factura que se entregue al cliente debe contener un desglose de los productos consumidos.
Es otro de los aspectos que la Junta está comprobando en su campaña de inspección de 2026.
12. ¿Mesa o terraza? El precio puede ser diferente, pero debes avisar
Un establecimiento puede establecer precios diferentes para consumir en mesa o en terraza.
Pero esta diferencia debe comunicarse previamente, apareciendo en la carta, lista de precios o medio de publicidad correspondiente.
13. La terraza no depende únicamente de tener espacio disponible
Tener una zona exterior delante del establecimiento no significa automáticamente que puedan colocarse mesas y sillas.
La instalación de terrazas y veladores está sometida a la autorización y regulación municipal correspondiente.
Por eso, antes de instalar una terraza o modificarla, conviene comprobar la normativa y autorización del Ayuntamiento.
14. El aceite de oliva debe cumplir determinados requisitos
Otro aspecto que está siendo objeto de inspección es el suministro de aceite de oliva y de orujo de oliva.
La Junta recuerda que en bares y restaurantes no pueden utilizarse aceiteras rellenables; el aceite debe presentarse en envases correctamente etiquetados y con sistemas que impidan su reutilización.
15. El cliente puede llevarse la comida sobrante
La campaña de inspección de 2026 también contempla la posibilidad de que la clientela pueda llevarse los alimentos que no haya consumido.
La propia Junta recomienda esta práctica como medida para reducir el desperdicio alimentario y señala que, cuando sobra comida en un restaurante, el cliente puede solicitar que se prepare para llevársela.
¿Qué está comprobando actualmente Consumo en los restaurantes andaluces?
Este último punto es especialmente importante para un empresario de hostelería.
La campaña de inspección de 2026 se desarrolla desde febrero hasta diciembre y prevé revisar al menos 1.000 establecimientos en Andalucía. Entre las materias objeto de control se encuentran:
- Hojas de quejas y reclamaciones.
- Información y exposición de precios.
- Cartas y listas de precios.
- Alérgenos e intolerancias.
- Facturas y justificantes de pago.
- Agua no envasada.
- Aceite de oliva.
- Información sobre productos congelados y de acuicultura.
- Seguridad e higiene.
- Etiquetado de bebidas espirituosas.
- Posibilidad de llevarse alimentos no consumidos.
- Prohibición de fumar.
- Productos de la pesca.
Y hay un dato que merece la pena conocer: en la campaña de inspección de 2025, la Junta realizó 1.060 actuaciones inspectoras en 629 establecimientos visitados y detectó incumplimientos en 97 expedientes, según los datos publicados por la propia Administración.
Una revisión a tiempo puede evitar un problema
La normativa que afecta a un establecimiento de hostelería no se limita a tener una licencia de apertura o cumplir las obligaciones sanitarias.
También existen numerosas obligaciones en materia de consumo, información al cliente, precios, reclamaciones y documentación que deben revisarse periódicamente.
Por eso, si tienes un bar, restaurante, cafetería o negocio de restauración en Andalucía, puede ser conveniente comprobar que tu establecimiento está correctamente adaptado a la normativa vigente.








