Seguramente hayas escuchado hablar de estas formas de pago pero…
- ¿Qué es una tarjeta revolving?
Las tarjetas Revolving son un tipo de tarjeta de crédito, que te permiten realizar compras como si tuvieras efectivo.
La gente se sentía cómoda con esta tarjeta porque el dinero que habías utilizado lo estabas devolviendo en pequeñas mensualidades. Pero realmente con esa pequeña mensualidad solo pagabas intereses y nunca dejabas de deber dinero a la entidad.
- ¿Como funcionan estar tarjetas?
Como unos pequeños microcréditos, donde los intereses pues podían oscilar entre el 20% y el 30%. En esos casos la mensualidad podía rondar los 90 euros pero la deuda se alargaba indefinidamente. A modo de ejemplo una compra de 700€ puedes acabar pagando 2.700€ y estando “cogido” por la entidad más de dos años.
- ¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre esto?
El Tribunal Supremo el pasado 4 de marzo publicó una sentencia confirmando la usura de de la tarjeta revolving de la entidad Wizink.
En el caso en concreto, se trata de un contrato con interés remuneratorio de 26,82% TAE, llegando incluso al 27,24%. Al ser el tipo medio del crédito mediante operaciones de tarjetas de crédito y revolving, el interés remuneratorio se considera muy elevado y una diferencia apreciable los 7 puntos básicos de diferencia.
- Tengo una tarjeta así, ¿qué puedo hacer?
a) Los afectados pueden intentar llegar a un acuerdo extrajudicial con los bancos antes de recurrir a la vía judicial, para conseguir que les devuelvan los intereses pagados de más y que les rebajen el interés de sus tarjetas.
Ahora bien, las entidades bancarias, al igual que ocurrió con las Cláusulas Suelo, están ofreciendo acuerdos a sus clientes a cambio de evitar las vías judiciales. Si crees que tienes una de ellas, desde aquí te recomendamos que no aceptes ningún tipo de acuerdo con los bancos antes de consultarlo con un abogado. Ya que si son positivos para la banca, no lo suelen ser para el cliente. Al firmar uno de sus acuerdos, es muy probable que le impida reclamar posteriormente y por consecuencia, perder el dinero.
b) Si por el contrario si la entidad no responde o responde obviando la realidad puedes reclamar judicialmente.
Puedes reclamar la nulidad del contrato y la devolución del exceso de intereses pagados.
– Si ya has abonado lo prestado y todos lo intereses: la nulidad del contrato y el exceso de capital más los intereses, y comisiones que te hayan cobrado.
– Si todavía no has pagado lo prestado en su totalidad y estas pagando esos intereses tan altísimos: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato, la devolución de los intereses, las comisiones; y abonar a la entidad la cantidad pendiente de abono.
- Tengo una tarjeta así, pero el interés que me cobran es menor ¿puedo reclamar también?
En el caso de las tarjetas con un interés inferior, dependerá del criterio de cada juez decidir cuáles son usurarias y cuáles no.. Pero todo parece indicar que aquellas que se desvíen en exceso de la media tendrán esta consideración.
- ¿Qué documentación necesito llevarte para que me mires si cumplo con los requisitos?
– Recibos o liquidaciones, los has tenido que recibir por correo o a través de la plataforma on line.
– Contrato de la tarjeta, no es necesario en todos los casos pero si se precisara y no lo tienes.
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