¿Es cierto que el Banco tendría que haber pagado la tasación de mi vivienda?
Sí, los bancos tendrán que pagar el 100% de los gastos de tasación en las hipotecas firmadas antes de la entrada en vigor de la Ley de Crédito Inmobiliario de 2019. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo. Pero para préstamos con garantía hipotecaria, no para una compraventa.
¿Y por qué la tendría que haber abonado el banco?
Porque, aunque la tasación no constituye, propiamente, un requisito de validez de la hipoteca, la ley requiere para la ejecución judicial directa de la hipoteca, entre otros requisitos que en la escritura de constitución de la hipoteca se determine el precio en que los interesados tasan la finca o bien hipotecado, para que sirva de tipo en la subasta, que no podrá ser inferior, en ningún caso, al 75 %del valor señalado en la tasación.
¿Pero para todos los préstamos de crédito hipotecario?
Este fallo solo afecta a las hipotecas constituidas previa a la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, pues dicha Ley, a diferencia de lo que ha dicho ahora el Tribunal Supremo, imputa al Consumidor el pago de la tasación del bien a hipotecar.
¿Qué gastos podría reclamar?
- 50% de los Gastos de Notaría
- 100% del Gasto de Registro de la propiedad
- 100% de los Gastos de gestoría
- 100% del Gasto de Tasación de la vivienda
Pide copia de la documentación en tu banco, notaría o registro:
· Escritura de la hipoteca.
· Factura del Notario
· Factura del Registro.
· Factura tasación
¿Qué puedo hacer para reclamarlo?
Ponerte en contacto con el servicio de atención al cliente de tu banco, solicítalo por escrito.
Si nos necesitas, nosotros analizamos la escritura y documentación gratuitamente.
¿Y hoy en día como se pagan estos gastos?
Para las nuevas hipotecas, es la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario hace el reparto de los gastos, en base a la cual el cliente solo deberá pagar la tasación y los gastos Notariales de la copia que se entrega al cliente, siendo el Banco quien asume los restantes gastos, incluido el Impuesto de AJD.
Si tienes una situación parecida y necesitas ayuda. Contacta con nosotros.
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