Recordamos que la tarjeta de aparcamiento es personal e intransferible, se te otorga a tí, aquella persona que tiene movilidad reducida
¿Puede utilizar el coche otra persona con tu tarjeta?
Sí, pero solamente si tú vas en el vehículo.
Esto es muy importante: la tarjeta no está vinculada a un coche concreto, sino a la persona titular.
Por ejemplo:
- Tu marido conduce tu coche y tú vas dentro →
puede utilizarse la tarjeta. - Un amigo conduce su coche y tú vas dentro →
puede utilizarse la tarjeta. - Tú conduces tu coche →
puede utilizarse. - Tu hijo/familiar/amigo utiliza el coche sin que tú estés dentro y coloca tu tarjeta →
uso indebido.
La propia Junta establece expresamente que, cuando la persona titular viaja como acompañante, el vehículo puede ser conducido por otra persona, pero es indispensable que la persona titular de la tarjeta se desplace en el vehículo.
Ejemplo real; mi hijo hace mi compra utilizando mi tarjeta de aparcamiento pero yo mientras estoy en casa ¿pueden denunciarlo y puedo perder la tarjeta de aparcamiento? Sí
3. ¿Qué pasa si otra persona utiliza tu tarjeta y se beneficia de ella?
Aquí hay que distinguir dos situaciones.
Si tú le has dejado voluntariamente la tarjeta: existe una utilización indebida porque las tarjetas son personales e intransferibles y está prohibida su cesión a terceros. La normativa andaluza contempla sanciones y la utilización fraudulenta puede incluso llevar a la cancelación de la tarjeta.
Si la persona la utiliza sin tu consentimiento, por ejemplo porque la has perdido o te la ha cogido, la situación es diferente respecto de tu responsabilidad. En ese caso es especialmente importante denunciar el extravío o la sustracción y solicitar la sustitución de la tarjeta.
La Junta contempla actualmente sanciones específicas para el uso indebido. Para el titular, las infracciones pueden llevar a la retirada de la tarjeta durante 1 a 6 meses (leves), 6 a 12 meses (graves) o 12 a 24 meses (muy graves). Para las personas que no son titulares y utilizan indebidamente una tarjeta, la normativa prevé sanción económica.
De hecho, no es una cuestión meramente teórica: la Junta continúa publicando en 2026 resoluciones de procedimientos sancionadores por uso indebido de tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.




