Muchos de vosotros seguramente os sintáis identificados con estas dos preguntas que pasamos a contestar a continuación ¿que podemos hacer si no podemos abonar la pensión de alimentos porque me he quedado en paro, mi empresa ha presentado un erte o mi empresa ha tenido que cerrar y no puedo facturar…
Por ese motivo a continuación contestamos las dos preguntas mas frecuentes que nos estáis realizando estos días sobre esta materia;
Con motivo del Estado de Alarma como me ha quedado en paro no le he abonado la pensión de alimentos ¿pasa algo?
Nunca es recomendable dejar la abonar la totalidad de la pensión de alimentos, los menores tienen que estar bien atendidos.
Cierto es que aunque habría que ver caso por caso, se podría llegar a un acuerdo extrajudicial ( firmado por ambos) en el que se establezca que durante unos meses y debido al estado de alarma (eres empresario y tu negocio esta cerrado, estas desempleado, tu empresa hizo un erte..) la pensión de alimentos se minore.
Bueno y ¿puedo solicitar ya en el Juzgado una reducción de la pensión de alimentos?
La declaración del Estado de Alarma no es requisito habilitante para instar o solicitar una modificación judicial de la pensión de alimentos. Más bien cuando el confinamiento finalice, podrás solicitarla si las consecuencias económicas han sido significativas con minoración de ingresos, si te han despedido, si los ingresos de tu empresa han disminuido considerablemente, pero …se tendré que ver caso por caso, situación por situación.
Si te encuentras frente a una de estas situaciones y necesitas ayuda, podemos ayudarte.
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