¿En tu comunidad tenéis algún deudor y no sabéis como decirle que pague?
Siempre ha ocurrido y más ahora. Con la entrada del Covid19 en nuestras vidas que las Comunidades de Propietarios existan situaciones de impago por parte de algunos propietarios.
¿Qué puede reclamarle la comunidad de propietario a un inquilino moroso?
La Comunidad tiene derecho a reclamar al propietario moroso. Puede reclamar todas las cantidades adeudadas por impago de gastos comunes, ya sean ordinario como extraordinario, o del fondo de reserva.
¿Cómo las reclama?
Estas deudas se reclaman a través de un procedimiento monitorio.
¿Necesito algún tipo de documentación?
Sí, es necesario aportar un certificado del impago de los gastos comunes, emitido por quien haga las funciones de secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente. Ese documento es esencial, así lo establece la Ley de Propiedad Horizontal. Así como si le has enviado algún requerimiento previo de pago, ese documento.
En dicho certificado del acuerdo de la Junta, también se suele acordar la reclamación judicial de la deuda, previo requerimiento extrajudicial de pago del deudor, autorizando al presidente o Administrador de fincas a ejercer las acciones correspondientes.
¿Algo más?
Nosotros siempre recomendamos que, tras alcanzar ese acuerdo, debe hacerse un requerimiento extrajudicial de pago al deudor, notificándole la liquidación de la deuda aprobada en la Junta de Propietarios.
Si tienes una situación parecida y necesitas ayuda. Contacta con nosotros.
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